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Padrón Municipal. Altas, cambios de domicilio, bajas, solicitud de Volantes y Certificados de empadronamiento


I. Altas - Cambios de Domicilio

 


COMO REALIZAR EL TRAMITE:

Presencialmente: en la Oficina de Estadística-Gestión Padronal sita en la Plaza del Mercado Chico, 1 (Edificio Principal del Ayuntamiento). Horario: de lunes a viernes de 9,00 h. a 14,00 h. Una vez realizado el trámite padronal, se entregará al interesado resguardo acreditativo con la fecha de entrega en el cual se le indicará cuando podrá recoger el volante acreditativo de su empadronamiento.


NOTA: Se recuerda que si se realiza el trámite de forma presencial, deberán personarse en el Ayuntamiento TODAS las personas que se vayan a inscribir y cuyos datos se vayan a modificar en el padrón.




 

DOCUMENTACION: (original y copias)

Solicitud de empadronamiento debidamente cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad incluidos en la misma. (Impreso - Hoja de Inscripción o Modificación) (Descargar, tanto el anverso como el reverso).

Documento que acredite la identidad: DNI (obligatorio con 16 años cumplidos), o Pasaporte en vigor, o Permiso de Residencia en vigor (Temporal, Permanente, Comunitario), o NIE junto a pasaporte o su documento nacional de identidad en vigor (Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza) y, para menores de 16 años, el Libro de Familia.

Documentos que acrediten la representación de los menores de edad no emancipados: Libro de Familia para menores de edad no emancipados. En separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guarda y custodia (en caso de no disponer de resolución judicial cumplimentar impreso de Declaración Responsable de Progenitor) (3). Cuando el menor vaya a empadronarse con uno solo de sus progenitores deberá cumplimentar Impreso de autorización de empadronamiento de menores) (2)

Documento que acredite el uso de la vivienda:

Contrato o escritura de compraventa, o

Contrato de arrendamiento en vigor (en los contratos prorrogados deberá acompañarse del último recibo del pago del alquiler), o

Última factura de compañía suministradora de telefonía fija, agua o gas o contrato de alguno de estos suministros

En el caso de no tener ninguno de estos documentos, deberá cumplimentarse, por parte de aquel que lo tenga, la AUTORIZACION DE EMPADRONAMIENTO que figura en el anverso de la presente Hoja, aportando COPIA de su Documento de Identidad junto con la COPIA de alguno de los documentos requeridos de la ocupación de la vivienda.

Si la vivienda es un colectivo - (Residencia, Centro Religioso, Centro de Estudiantes, Centro Militar, Hotel, etc...). Modelo de autorización (1) firmado y sellado por el Director o Gerente del colectivo.

Cuando los solicitantes no estuvieran empadronados con anterioridad o desconocieran el municipio de su anterior inscripción deberán cumplimentar Declaración de no empadronamiento. (4)

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón municipal. El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según lo establecido en el artículo 21.3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

FUNDAMENTO LEGAL

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.

Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre.

IMPRESOS A DESCARGAR

HOJA DE INSCRIPCIÓN O MODIFICACIÓN (anverso y reverso)
(1)  IMPRESO DE AUTORIZACIÓN PARA INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN SI LA VIVIENDA ES DE UN COLECTIVO
(2) IMPRESO DE AUTORIZACIÓN DE EMPADRONAMIENTO CON UNO SOLO DE SUS PROGENITORES
(3) IMPRESO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PROGENITOR
(4) DECLARACION DE NO EMPADRONAMIENTO

 


II.- BAJAS del Padrón Municipal 

1 - BAJA POR CAMBIO DE RESIDENCIA 

Cambio de residencia a otro término municipal: no es necesaria la solicitud y expedición de la baja en el Padrón de un municipio para solicitar el alta en el municipio al que se traslade la residencia, ya que será el Ayuntamiento que tramite el alta el encargado de notificar la misma a través del Instituto Nacional de Estadística quien a su vez se la comunicará al Ayuntamiento de procedencia, en los 10 primeros días del mes siguiente, para que éste proceda a dar de baja al vecino en su padrón.

Cambio de residencia de españoles por traslado al extranjero: no es necesaria la solicitud y expedición de la baja en el Padrón de un municipio para solicitar el alta en la Oficina o Sección Consular del país al que se traslada la residencia, ya que será dicha Oficina o Sección Consular la que remitirá, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, al INE las comunicaciones de alta de los españoles que trasladan su residencia al extranjero, para que éste las traslade a los municipios de procedencia a efectos de la correspondiente baja. Sólo con carácter excepcional se podrá tramitar la baja de estas personas en el Padrón del municipio en el que consten empadronadas, previa presentación de un certificado expedido por la Oficina o Sección Consular donde figuren nscritas.

Cambio de residencia de extranjeros por traslado a otro país: cuando los solicitantes de la baja en el padrón sean extranjeros que trasladan su residencia a otro país, se procederá a tramitar su baja por cambio de residencia, facilitando al interesado un certificado acreditativo de la misma.

COMO REALIZAR EL TRAMITE - Solo para baja por cambio de residencia de extranjeros por traslado a otro país 

Presencialmente: en la Oficina de Estadística-Gestión Padronal sita en la Plaza del Mercado Chico, 1 (Edificio Principal del Ayuntamiento). Horario: de lunes a viernes de 9,00 h. a 14,00 h.

Documentación: El solicitante deberá presentar impreso de solicitud de baja por retorno al país de origen o traslado a otro país (7) , acompañandose de copia de los documentos de identidad vigentes de las personas para las que solicita la baja. 

2 - BAJA POR INSCRIPCION INDEBIDA

Los Ayuntamientos darán de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón a quienes figuren inscritos sin residir en la vivienda, una vez comprobada esta circunstancia en un expediente en el que se dará audiencia a la persona interesada.

La solicitud puede ser presentada por el propietario, arrendatario o cualquier persona que tenga conocimiento de que una persona no reside en el domicilio en el que se encuentra empadronado el solicitante. En la solicitud debe facilitar cuanta información conozca sobre la situación de la persona que figura indebidamente inscrita y, en su caso, el domicilio o paradero actual. Declarar datos que no son verdaderos puede ser constitutivo de delito y/o falta.

NOTA: En esta situación se podrá hacer constar en los volantes colectivos de empadronamiento en el apartado

observaciones de la persona inscrita indebidamente: “EXPTE. BAJA OFICIO - INSCRIPCION INDEBIDA EN ESTE DOMICILIO”

COMO REALIZAR EL TRAMITE 

Presencialmente: en la Oficina de Estadística-Gestión Padronal sita en la Plaza del Mercado Chico, 1 (Edificio Principal del Ayuntamiento). Horario: de lunes a viernes de 9,00 h. a 14,00 h.

DOCUMENTACIÓN: Impreso de solicitud de baja por inscripción indebida (8) junto con el original y la copia del Documento de Identidad del solicitante.

IMPRESOS A DESCARGAR


FUNDAMENTO LEGAL: Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero. -Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre. -Resoluciones sobre instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal (Resolución de 9 de abril de 1997, BOE 37 de 11/04/1997, y Resolución de 21 de julio de 1997,BOE 177 de 25/07/1997

(7) IMPRESO DE SOLICITUD DE BAJA POR RETORNO AL PAIS DE ORIGEN O TRASLADO A OTRO PAIS 

(8) IMPRESO DE SOLICITUD DE BAJA POR INSCRIPCION INDEBIDA


III.- VOLANTES Y CERTIFICADOS

1 – VOLANTE

Es un documento de carácter informativo que indica la residencia y el domicilio habitual.  En las tramitaciones de los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y de la Junta de Castilla y León, en los que esté disponible el servicio, no será necesario aportar este documento , si el interesado AUTORIZA a la Administración correspondiente a comprobar su domicilio padronal. Se solicita entre otras, en las siguientes tramitaciones:

Expedición Documento Nacional de Identidad (DNI)

Matriculación de vehículos

Distintas ayudas de Servicios Sociales

Registro Civil (Matrimonios, Nacimientos)

O.R.A - Tarjetas aparcamiento

Bonos Sociales Teléfono - Luz

Trámites en los procedimientos de la Junta de Castilla y León

Trámites en la Subdelegación del Gobierno

Trámites en Comisaria de Policía

Todos aquellos trámites en los que no se solicite expresamente Certificado

 TIPOS DE VOLANTES:  Volante Individual  o Volante Colectivo (cuando sea necesario expresar la relación de personas inscritas en el mismo domicilio)

SOLICITUD:

Peticiones presenciales - en la Oficina de Estadística-Gestión Padronal sita en la Plaza del Mercado Chico, 1 (Edificio Principal del Ayuntamiento). Horario: de lunes a viernes de 9,00 h. a 14,00 h. Se deberá presentar DNI o Pasaporte, Tarjeta de Extranjero o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado. 

Peticiones por correo: Impreso de solicitud firmada por el interesado (9), indicando: Tipo de Volante que se solicita y los efectos por los que se solicita / Nombre y Apellidos / Fotocopia de DNI o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado / Dirección Postal completa en la que se quiere recibir el volante / Teléfono de contacto.

PLAZOS DE ENTREGA: Solicitudes presenciales en el acto . Solicitudes por correo, se enviarán por correo ordinario al domicilio de empadronamiento del interesado (plazo estimado, diez días desde que es recibida la solicitud)

2 – CERTIFICADO

Es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual.  Se solicita en los casos en que el documento tenga que presentarse ante los siguientes organismos o para las siguientes tramitaciones :

Organismos Judiciales (juzgados y tribunales)

Consulados y Embajadas

Organismos Militares

Residencia por arraigo

Expedientes de Nacionalidad/ Cambios de nombre y/o apellidos

Adopciones

Centros Penitenciarios

Dirección de Aduanas

Siempre que se necesite acreditar la residencia en este Municipio anterior a 1 de mayo de 1996

TIPOS DE CERTIFICADOS:  Certificado Individual  o Certificado Colectivo (cuando sea necesario expresar la relación de personas inscritas en el mismo domicilio)

SOLICITUD:

Peticiones presenciales - en la Oficina de Estadística-Gestión Padronal sita en la Plaza del Mercado Chico, 1 (Edificio Principal del Ayuntamiento). Horario: de lunes a viernes de 9,00 h. a 14,00 h. se deberá presentar DNI o Pasaporte, Tarjeta de Extranjero o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado. 
 
Peticiones por correo: Impreso de solicitud firmada por el interesado (9), indicando: Tipo de Volante que se solicita y los efectos por los que se solicita / Nombre y Apellidos / Fotocopia de DNI o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado / Dirección Postal completa en la que se quiere recibir el volante / Teléfono de contacto

PLAZOS DE ENTREGA: Solicitudes presenciales se entregará a los dos días siguientes al de la solicitud. Solicitudes por correo, se enviarán por correo ordinario al domicilio de empadronamiento del interesado (plazo estimado, diez días desde que es recibida la solicitud)

 3 - SOLICITUDES ESPECIALES DE VOLANTES O CERTIFICADOS

Certificados y volantes de personas fallecidas: El certificado de una persona fallecida puede solicitarlo cualquier persona que acredite un interés legítimo: descendientes, cónyuge, ascendientes o personas autorizadas por éstos.

Certificados y volantes de no empadronamiento. Se deben distinguir dos situaciones:


 Personas que no están actualmente empadronadas pero que lo han estado anteriormente: en estos casos se debe acreditar el período que ha estado de alta y la fecha en que causa baja en el padrón, poniendo la causa de la baja (Cambio de residencia, Caducidad, Inscripción Indebida, Defunción). En estos casos es necesario la identificación del solicitante, mediante la presentación del correspondiente documento de identidad (DNI, Pasaporte, etc.).


 Personas que no aparecen en la Base de datos:(en este supuesto solo se expedirán certificados) En estos casos es necesario la identificación del solicitante, mediante la presentación del correspondiente documento de identidad (DNI, Pasaporte, etc.). En éstos certificados se reflejará que la persona no está empadronada en Ávila.


Certificados históricos (sólo certificados). Son aquellos certificados que incluyan información de años anteriores a 1996 (antigüedad en el empadronamiento anterior a 1 de mayo de 1996)

De estos tres tipos de solicitudes sólo se expedirán certificados o volantes  en la modalidad de individual

SOLICITUD:

Peticiones presenciales - en la Oficina de Estadística-Gestión Padronal sita en la Plaza del Mercado Chico, 1 (Edificio Principal del Ayuntamiento). Horario: de lunes a viernes de 9,00 h. a 14,00 h. se deberá presentar DNI o Pasaporte, Tarjeta de Extranjero o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado. 


Peticiones por correo: Impreso de solicitud firmada por el interesado (10), indicando: Tipo de Volante que se solicita y los efectos por los que se solicita / Nombre y Apellidos / Fotocopia de DNI o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado / Dirección Postal completa en la que se quiere recibir el volante / Teléfono de contacto

PLAZOS DE ENTREGA:


VOLANTES - Solicitudes presenciales en el acto . Solicitudes por correo, se enviarán por correo ordinario al domicilio de empadronamiento del interesado (plazo estimado, diez días desde que es recibida la solicitud).

 CERTIFICADOS - Solicitudes presenciales se entregará a los dos días siguientes al de la solicitud. En el caso de los certificados históricos se avisará a los interesados, una vez confeccionados para que pasen a recogerlos. Solicitudes por correo, se enviarán por correo ordinario al domicilio de empadronamiento del interesado (plazo estimado, diez días desde que es recibida la solicitud). En el caso de los certificados históricos se remitirán a los interesados, una vez confeccionados.

FUNDAMENTO LEGAL Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.  -  Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre.  -    Resoluciones sobre instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal (Resolución de 9 de abril de 1997, BOE 37 de 11/04/1997, y Resolución de 21 de julio de 1997, BOE 177 de 25/07/1997).

Las solicitudes por correo se remitirán a la siguiente dirección

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÁVILA

Estadística-Padrón Municipal de Habitantes
Plaza del Mercado Chico, 1
05001 AVILA

IMPRESOS RELACIONADOS:


(9)SOLICITUD VOLANTES O CERTIFICADOS DE EMPADRONAMIENTO

(10)SOLICITUDES ESPECIALES DE  VOLANTES O CERTIFICADOS

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