Este autorización viene regulada por la Ordenanza Municipal Nº 9 "TASA POR LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS SINGULARES DE POLICÍA LOCAL QUE SE REFIERAN, AFECTEN O BENEFICIEN DE MODO
PARTICULAR A LOS SUJETOS PASIVOS"
Estando sujeta su aplicación a la realización de actividades singulares de regulación y
control del tráfico urbano, tendentes a facilitar la circulación de vehículos y distintas a las
habituales de señalización y ordenación del tráfico, motivadas por ocupaciones de la vía pública
que supongan la supresión del tráfico o su alteración, así como por reservas limitadas de la vía
pública para aparcamiento exclusivo.
CUOTA TRIBUTARIA
Euros/Hora
SUPRESION DEL
TRAFICO
- De 8 a 11 horas
........................................
6,78
- De 11 a 15 horas
......................................
27,43
- De 15 a 21 horas
......................................
6,78
- De 21 a 8 horas del día
siguiente: ........ 6,78
- Día completo
.............................................
172,84
ALTERACION DEL TRAFICO
- De 8 a 11 horas
........................................
2,77
- De 11 a 15 horas
......................................
12,43
- De 15 a 21 horas
......................................
2,77
- De 21 a 8 horas del día
siguiente: ........ 2,77
- Día completo
.............................................
74,53
Reservas limitadas de la vía pública para aparcamiento exclusivo por día o fracción
Euros
Turismos
......................................... 10,00
Grúas móviles
................................ 15,00
Camiones
....................................... 17,00
Autobuses
....................................... 20,00
TRAMITACIÓN