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Procedimientos

2.01.09 Autorización para tenencia de animales potencialmente peligrosos

Regular la tenencia de dichos animales.

Descripción

Solicitud permiso de tenencia de animal potencialmente peligroso.
Aportación de documentación establecida por la legislación vigente.
Autorización tenencia de animales de compañía.
Alta en el censo municipal  y de la Junta de Castilla y León.

Área responsable

Área de Medio Ambiente

Normativa

Ley 50/1999 de 23 de diciembre sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Más Info.


Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo por el que se desarrolla la ley 50/1999.

Más Info.


Ordenanza municipal de animales de compañía.

Más Info


Observaciones

Inicio 
        A solicitud del Interesado
Órgano que resuelve
        Tenencia de Alcaldía de Medio Ambiente y Urbanismo.
Agota vía administrativa:
        Sí
Impugnación en vía administrativa
        Recurso potestavivo de reposición.
        Recurso extraordinario de revisión.
        Contencioso administrativo.
Documentación a adjuntar por el interesado
    -Datos del solicitante:
        Apellidos y nombre
        Domicilio actualizado
        Dos teléfonos de contacto
    -Antes de adquirir estos animales deberá:
        Solicitar licencia municipal aportando los siguientes documentos:
            Copia del D.N.I.
            No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la
            integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así
            como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente
            peligrosos.
            No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de
            las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen
            jurídico de animales potencialmente peligrosos. No obstante no será impedimento para la obtención o, en
            su caso renovación de la licencia, haber sido sancionado con la suspensión temporal de la misma, siempre
            que, en el momento de la solicitud, la sanción de suspensión anteriormente impuesta haya sido cumplida
            íntegramente.
            (El cumplimiento de estos dos últimos requisitos se acreditará mediante los certificados negativos
            expedidos por los registros correspondientes).
            Certificado de capacidad física.
            Certificado de aptitud psicológica.
            Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una
            cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000 ?).
    Esta licencia tiene una validez de CINCO AÑOS y se puede pedir su renovación por periodos idénticos.
    - Una vez concedida la licencia municipal, se deberá  solicitar el alta en el registro especial de animales   
      peligrosos aportando los siguientes documentos:

  1. Código de indentificación  (microchip o transpondedor y tarjeta identificativa).
  2. Raza (en caso de cruce de primera generación se especificará las razas de     procedencia).
  3. Sexo
  4. Nombre
  5. Capa
  6. Pelo
  7. Signos particulares y caracteres diferenciales.
  8. Aptitud
  9. Mes y año de nacimiento.
  10. Domicilio habitual del animal.
  11. Finalidad a la que se va a destinar (guarda, compañía,...).
  12. Datos del establecimiento de cría de procedencia.
  13. Datos del centro de adiestramiento.
  14. Certificado veterinario de revisión anual.
  15. Copia del Documento Sanitario oficial.
  16. Código pasaporte si se traslada el animal fuera de España
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