sNombreSubCanal sNombreCanal

Procedimientos

2.02.04 Licencias en suelo rústico

  • Tienen por objeto la realización de obras en Suelo Rústico.
  • Se tramitarán como obra mayor  o menor, en función de la naturaleza de la intervención.
  • Justificarán el uso, conforme a la naturaleza del terreno, entre los usos permitidos, autorizables y/o, prohibidos que, recoja el planeamiento municipal.
  • Deberá tramitarse el uso excepcional en Suelo Rústico, cuando se trate de usos autorizables previstos en la normativa municipal, conforme al procedimiento previsto en el art.25 de la L5/99 de Urbanismo de C y L..

Área responsable

Servicio de Urbanismo

Normativa

L5/1999 de 8 de abril, de Urbanismo de C y L.

Más Info.


D22/2004 de 29 de enero, reglamento de Urbanismo de C y L.

Más Info.


Revisión y adaptación del PGOU de Ávila aprobado por O/FOM/740/2005 de 1 de junio, BOP de 4 de julio de 2005, modificado por O/FOM/ 1919/2006 de 13 de noviembre. (BOCYL de fecha de 4 de diciembre de 2006).

Más Info.

Más Info.


Observaciones

Inicia
        El propio interesado
Órgano que resuelve
        Tenencia de Alcaldía de Medio Ambiente y Urbanismo, por delegación del Alcalde.
Plazo de resolución
         1, 3 ó 4 meses, si lleva aparejada licencia ambiental.
Efectos del silencio administrativo
        Estimatorio, salvo en caso de disconformidad con la normativa urbanística.
Órgano que inicia:
        El propio interesado
Impugnación en vía administrativa
        Recurso de reposición en plazo de un mes.
        Recurso Contencioso-administrativo en el plazo de 3 meses, ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Documentación a adjuntar por el interesado
        Además de la señalada para licencia de obra mayor o menor, según su naturaleza y, conforme a lo señalado
       en los procedimientos de cada una de ellas, deberá presentar:

  • Identificación de la Parcela, conforme al PGOU de Ávila de 2005 y, ficha catastral.
  • La autorización de usos se integrará en el procedimiento ordinario de concesión de licencia.
  • Requerirá periodo de información pública de 15 días en BOP y, en diario de mayor difusión de la provincia.

Botón para imprimir
botón para cerrar

Copyright © Ayuntamiento de Ávila

Escudo del Ayuntamiento de Ávila