Tiene por objeto verificar la adecuación entre lo autorizado y lo construido, en las construcciones y edificaciones de nueva planta.
Servicio de Urbanismo.
L5/1999 de 8 de abril, de Urbanismo de C y L.
Revisión y adaptación del PGOU de Ávila aprobado por O/FOM/740/2005 de 1 de junio, BOP de 4 de julio de 2005, modificado por O/FOM/ 1919/2006 de 13 de noviembre. (BOCYL de fecha de 4 de diciembre de 2006).
L39/98 de Ordenación de la Edificación.
Código Técnico de la Edificación. RD 314/2006 de 17 de marzo.
Inicia
El propio interesado
Órgano que resuelve
Tenencia de Alcaldía de Medio Ambiente y Urbanismo por
delegación del Alcalde.
Plazo de resolución
3 meses
Efectos del silencio administrativo:
Estimatorio, salvo en caso de disconformidad con
la normativa urbanística.
Impugnación en vía administrativa
Recurso de reposición en plazo de un mes.
Recurso Contencioso-administrativo en el plazo de 3
meses, ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Documentación a adjuntar por el interesado