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Bando sobre la obligación de mantener limpios solares y terrenos

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Emitido un bando en el que se recuerda a propietarios de solares y terrenos sin edificar la obligación de mantenerlos limpios.

El bando recuerda “la obligación y el deber legal que tienen de conservar los mismos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, extremando las medidas de vigilancia e inspección, para evitar el inicio o propagación de incendios”.

Igualmente, se advierte de que, en caso de incumplimiento de dichos deberes de conservación y mantenimiento legalmente exigibles, la normativa aplicable contempla la adopción, con cargo a los propietarios, de cuantas órdenes de ejecución sean precisas, así como de las correspondientes medidas de ejecución forzosa y/o subsidiaria que resulten necesarias para esta finalidad.

El bando  recuerda la vigencia de la ordenanza que contempla el deber de conservación de solares y requiere a los propietarios de solares sin edificar procedan a su desbroce y limpieza en el plazo de una semana, así como a mantenerlos “en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público”.

En caso de incumplimiento y previo trámite del correspondiente procedimiento, el Ayuntamiento puede llegar a imponer sanciones de 1.000 a 10.000 euros, al tratarse de una infracción urbanística.

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