I. Altas - Cambios de Domicilio
COMO REALIZAR EL TRAMITE:
Presencialmente: en la Oficina de Estadística-Gestión Padronal sita en la Plaza del Mercado Chico, 1 (Edificio Principal del Ayuntamiento). Horario: de lunes a viernes de 9,00 h. a 14,00 h. Una vez realizado el trámite padronal, se entregará al interesado resguardo acreditativo con la fecha de entrega en el cual se le indicará cuando podrá recoger el volante acreditativo de su empadronamiento.
NOTA: Se recuerda que si se realiza el trámite de forma presencial, deberán personarse en el Ayuntamiento TODAS las personas que se vayan a inscribir y cuyos datos se vayan a modificar en el padrón. |
DOCUMENTACION: (original y copias)
Solicitud de empadronamiento debidamente cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad incluidos en la misma. (Impreso - Hoja de Inscripción o Modificación) (Descargar, tanto el anverso como el reverso).
Documento que acredite la identidad: DNI (obligatorio con 16 años cumplidos), o Pasaporte en vigor, o Permiso de Residencia en vigor (Temporal, Permanente, Comunitario), o NIE junto a pasaporte o su documento nacional de identidad en vigor (Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza) y, para menores de 16 años, el Libro de Familia.
Documentos que acrediten la representación de los menores de edad no emancipados: Libro de Familia para menores de edad no emancipados. En separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guarda y custodia (en caso de no disponer de resolución judicial cumplimentar impreso de Declaración Responsable de Progenitor) (3). Cuando el menor vaya a empadronarse con uno solo de sus progenitores deberá cumplimentar Impreso de autorización de empadronamiento de menores) (2)
Documento que acredite el uso de la vivienda:
Contrato o escritura de compraventa, o
Contrato de arrendamiento en vigor (en los contratos prorrogados deberá acompañarse del último recibo del pago del alquiler), o
Última factura de compañía suministradora de telefonía fija, agua o gas o contrato de alguno de estos suministros
En el caso de no tener ninguno de estos documentos, deberá cumplimentarse, por parte de aquel que lo tenga, la AUTORIZACION DE EMPADRONAMIENTO que figura en el anverso de la presente Hoja, aportando COPIA de su Documento de Identidad junto con la COPIA de alguno de los documentos requeridos de la ocupación de la vivienda.
Si la vivienda es un colectivo - (Residencia, Centro Religioso, Centro de Estudiantes, Centro Militar, Hotel, etc...). Modelo de autorización (1) firmado y sellado por el Director o Gerente del colectivo.
Cuando los solicitantes no estuvieran empadronados con anterioridad o desconocieran el municipio de su anterior inscripción deberán cumplimentar Declaración de no empadronamiento. (4)
El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón municipal. El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según lo establecido en el artículo 21.3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
FUNDAMENTO LEGAL
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre.
IMPRESOS A DESCARGAR