920350000 Plaza del Mercado Chico,1

Convocatoria de subvenciones para la ejecución de proyectos y acciones dirigidos a la promoción, activación e impulso del comercio local de proximidad

Publicadas en el BOP del 22 de junio de 2018 las bases de la Convocatoria de subvenciones a asociaciones y organizaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos y acciones dirigidos a la promoción, activación e impulso del comercio local de proximidad, la venta de productos locales y la hostelería, para el año 2018

Consulte el documento íntegro con las bases: pdf22-06-2018_154418_bop.pdf
Descargar los anexos: pdfanexos_convocatoria_comercio_2018.pdf

Extracto
ARTÍCULO 2º.- OBJETO Y FINALIDAD


El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas a asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro, destinadas a la financiación de proyectos y acciones dirigidas al fomento de la innovación, la promoción, el impulso y la activación del pequeño comercio y la hostelería del municipio de Ávila, correspondientes al ejercicio 2018, a través de 4 líneas de actuación:

• Línea 1. Proyectos que propongan y ejecuten iniciativas para la incorporación de la innovación, con o sin base tecnológica, en los procesos y productos del comercio y/o la hostelería: se financiarán proyectos presentados en los que se contemple la generación de ideas y la realización de las mismas para un determinado colectivo de establecimientos, delimitado bien por la adscripción a la entidad solicitante bien por la zona del municipio o por el formato o tipología de negocio, que tengan relación con la implantación de procesos novedosos en la forma de captación y atención al cliente, en el servicio prestado o en los productos elaborados y/o comercializados, en tanto en cuanto al tipo de producto o al modo diferenciado de prepararlo, presentarlo y comercializarlo o servirlo. Se podrán incluir acciones formativas siempre que sean destinadas a cualificar a los comerciantes y hosteleros en los modelos de innovación que vayan a fomentarse y en los procesos adecuados para su implantación.

• Línea 2. Proyectos que propongan la realización colectiva de campañas promocionales innovadoras: se financiarán proyectos que propongan y realicen acciones llevadas a cabo de manera colectiva que estimulen el consumo dentro del municipio en fechas y periodos en los que este decrece y que sean innovadoras con respecto al tipo de campañas que habitualmente se llevan a cabo.

• Línea 3. Proyectos relacionados con la mejora de la imagen y la estética de los establecimientos: se financiarán proyectos que recojan un conjunto de actuaciones destinadas a crear una estética compartida, una imagen de marca o que apoyen a un colectivo de establecimientos en el diseño de una decoración y/o presentación de productos y servicios con mayor capacidad de atracción y fidelización de clientes, por ejemplo acciones de escaparatismo o de iluminación de los establecimientos.

• Línea 4. Proyectos que propongan y ejecuten un conjunto integrado de actuaciones que puedan englobarse bajo la denominación de Semana del Pequeño Comercio. Se financiarán aquellas propuestas que configuren un programa integrado de actividades destinadas a promocionar y dar relevancia y protagonismo al comercio de proximidad a lo largo de un periodo de una semana, durante la cual se potencie el consumo local, el conocimiento de la oferta comercial, la atracción de los ciudadanos a las zonas comerciales y la permanencia en las mismas, destacando las ventajas de comprar en estos establecimientos, como la cercanía y familiaridad en el trato al cliente, la comodidad, la posibilidad de realizar otras actividades junto a las compras…

ARTÍCULO 3º.- BENIFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presentes convocatoria todas las organizaciones empresariales legalmente constituidas, así como cualquier entidad sin ánimo de lucro, con entidad jurídica y legalmente constituidas, o que, excepcionalmente, se constituyan en el momento de la resolución favorable de concesión de subvención y así lo acrediten en el plazo 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, presentando dicha acreditación junto con la aceptación de la ayuda, que desarrollen sus actividades en el ámbito territorial del municipio de Ávila, siempre que entre sus objetivos figure el de la promoción económica y/o empresarial y no se hallen incursos en alguno de los supuestos previstos en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS).

ARTÍCULO 8º.- PLAZO DE SOLICITUD Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días, a contar desde el siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y el lugar para presentarlas es el Registro General del Ayuntamiento de Ávila, situado en la Plaza del Mercado Chico, 1.
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